Dret Legal

  1. ¿Cómo funciona el CDA?

A partir del 1° de agosto entró en vigencia la obligación de los CDA (Centro de Diagnóstico Automotor) de otorgar a su costo a todo automóvil y motocicleta que lleve a cabo la revisión técnico-mecánica un seguro obligatorio individual de responsabilidad civil para vehículos de servicio particular que ampare los daños materiales causados a terceros. El objetivo del seguro es amparar los daños materiales que un automotor cause a terceros.

  1. ¿Sería como el Soat?

Aunque este seguro también es obligatorio es diferente al SOAT, ya que su objetivo es amparar los daños materiales que un automotor cause a terceros, mientras que el objetivo del SOAT es amparar a las personas las víctimas de accidentes de tránsito garantizando su atención integral por lesiones corporales.

  1. ¿Cuánto vale?

Uno de los retos que tiene la implementación de este seguro es que, a diferencia del SOAT, no tiene una tarifa legalmente establecida. Cada CDA deberá contratar a su costo el seguro.  Al no existir una tarifa legal la responsabilidad de las tarifas recaerá en las aseguradoras, pero las aseguradoras no podrán tarificar el seguro según las calidades del conductor, obligando así a que la mayor siniestralidad sea trasladada a los CDA como compradores obligatorios del seguro.

  1. ¿CDA se encargaría de todas las siniestralidades?

Otro de los retos de la implementación de este seguro es el control de fraude derivado de la siniestralidad. La norma indica que la aseguradora deberá verificar los siniestros mediante la utilización de herramientas técnicas y tecnológicas, situación que carece de homogeneidad entre las aseguradoras; además tampoco habría intervención de autoridades. Adicionalmente no existen incentivos a la baja siniestralidad, por lo cual se espera alta siniestralidad en este seguro, derivada tanto de siniestros reales como fraudulentos. Una diferencia de este seguro frente al SOAT es que en el SOAT intervienen terceros en la gestión del siniestro, por ej.: IPS al recobrar los servicios prestados o juntas de calificación ante pérdidas de capacidad.

  1. ¿Cuáles son los beneficios y los retos de implementación del seguro?

La finalidad del seguro es meritoria: proteger el patrimonio de terceros por daños ocasionados por choques; sin embargo, el seguro presenta problemáticas operativas que desincentivan su comercialización y operación:

  1. Control de fraude. Las problemáticas ya conocidas con el SOAT se trasladarán a este seguro.
  2. Las aseguradoras no podrán tarificar según las calidades del conductor, trasladando la mayor siniestralidad a todos los CDA como compradores obligatorios del seguro.
  3. Ausencia de incentivos a la baja siniestralidad.

 

  1. ¿Por qué hay demandas de inconstitucionalidad?

Se han presentado 8 demandas de inconstitucionalidad, de las cuales 3 fueron rechazadas. El común denominador de las demandas es la libertad de competencia al imponérsele a los CDA una carga económica que no están obligados a asumir, entre otras porque no existe relación de interés asegurable entre el CDA y el dueño de automotor asegurado.

El hecho que cursen varias demandas de inconstitucionalidad contra esa seguro genera otra problemática: si la Ley se declara inexequible ¿qué va a pasar con los seguros emitidos?

 

Área Seguros y Reaseguros

Julián Roberto Ávila
Socio

 

Awesome Work

You May Also Like