La DIAN, mediante el Concepto No. 015019 del 25 de septiembre de 2025, adoptó oficialmente la postura fijada por el Consejo de Estado en la sentencia del 1.º de abril de 2022 (Rad. 25500), y con ello revocó su doctrina anterior sobre la aplicación de la Estampilla Pro-Universidad Nacional a los contratos de concesión y a las asociaciones público-privadas (APP).
Con esta nueva interpretación, la DIAN precisó que el hecho generador de la estampilla se configura únicamente por la suscripción de contratos de obra pública y sus conexos, conforme a lo dispuesto por la ley. En consecuencia, las concesiones y las APP no se encuentran sujetas a este tributo, incluso cuando contemplen la construcción de obras. Este cambio doctrinal representa un hito importante, pues anula la interpretación anterior que llevó a muchos contratistas y entidades públicas a pagar la estampilla bajo el entendido de que estas modalidades contractuales también estaban gravadas.
A partir de esta nueva posición, se abre la posibilidad de solicitar la devolución por pago de lo no debido, ya que los pagos realizados con base en una doctrina que posteriormente fue revocada se consideran efectuados sin que existiera obligación tributaria. Esta posibilidad ha sido respaldada por el Consejo de Estado, al señalar que la declaratoria de nulidad de un acto administrativo afecta su validez y produce efectos retroactivos, lo que permite recuperar los pagos efectuados sin causa jurídica, siempre que la situación jurídica aún no se haya consolidado. En materia tributaria, dicha consolidación se configura cuando el contribuyente afectado no cuenta con medios administrativos o judiciales para recuperar el tributo pagado en exceso o sin causa, con ocasión del acto administrativo general declarado nulo.
En definitiva, esta nueva doctrina de la DIAN no solo clarifica el verdadero alcance del tributo, sino que abre una oportunidad concreta para que los contribuyentes recuperen los valores pagados indebidamente por concepto de la Estampilla Pro-Universidad Nacional, reafirmando los principios de legalidad y seguridad jurídica en materia tributaria.
Diego Velandia
Socio Dret Legal
Mariana Jaramillo
Asociada Dret Legal